Este lunes 26 de enero de 2026, algunos colegios de Bogotá y otras regiones de Colombia iniciaron un nuevo ciclo escolar, el cual llega marcado por la presión económica que sienten miles de hogares por la compra de uniformes y materiales.
Sin embargo, el principal dolor de cabeza de muchos padres y acudientes es el elevado costo de los libros de texto originales. Ante esta realidad, surge una duda recurrente en las papelerías y viviendas: ¿es legal fotocopiarlos si no se cuenta con los recursos para comprarlos?
Las instituciones no oficiales deben entregar la lista al momento de la matrícula. Foto:iStock
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Para solucionar esta inquietud, el Ministerio de Educación publicó la Circular No. 002 del 8 de enero de 2026 para aclarar ciertos detalles de los materiales educativos y brindar acompañamiento a las familias.
En el documento, la entidad señaló que “los colegios privados deben entregar, al momento de la matrícula, la lista completa de útiles, textos y uniformes que se usarán durante el año”. Además, estas consideraciones deben estar previamente aprobadas por el Consejo Directivo del establecimiento y deben responder a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.
Está prohibido obligar a comprar en sitios específicos. Foto:iStock
“Las familias son libres de comprar útiles y uniformes donde prefieran, no se pueden imponer marcas, proveedores ni lugares de compra. En el caso de los textos escolares, estos deben mantenerse por al menos tres años”, agregó.
El Ministerio de Educación también destacó que la lista de útiles escolares que solicite la institución debe estar publicada en la plataforma EVI (Sistema de Evaluación Institucional) para garantizar mayor transparencia y control.
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La norma colombiana permite fotocopiar los textos en ciertos casos
La Ley 1915 de 2018 refuerza la protección contra la reproducción no autorizada de libros y establece que duplicar las obras sin consentimiento, especialmente para fines comerciales o de lucro, es un delito.
No obstante, la ley en Colombia también contempla ciertas licencias y excepciones. Según la normativa, es legal fotocopiar una obra literaria o científica por motivos de enseñanza, investigación personal o preservación en bibliotecas, siempre y cuando se tengan en cuenta estas condiciones:
- Que sea un solo ejemplar.
- Que esté destinado al uso privado del interesado.
- Que no tenga fines comerciales.
Se pueden fotocopiar algunas obras por motivos educativos. Foto:iStock
Esto quiere decir que aquellos padres y acudientes que no cuentan con los recursos necesarios para adquirir los libros de texto originales pueden sacarles una copia para el uso personal del estudiante.
Es importante que los padres de familia tengan en cuenta que, en caso de evidenciar una situación inusual, pueden denunciar ante las Secretarías de Educación, ya que el acceso a la educación no debe estar condicionado por la capacidad de compra de marcas específicas ni por la imposición de materiales exclusivos.
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STEPHANY GUZMÁN AYALA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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